INCONSTITUCIONALIDAD DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 635 DEL CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL ECUATORIANO

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2018

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La reforma que tuvo Ecuador en referencia al proceso penal, hizo un cambio en cuanto al sistema procesal, del sistema inquisitivo al acusatorio, en el cual agrega un procedimiento especial, procedimiento abreviado, establecido para dar solución a los conflictos a través de una reducción de diligencias con la finalidad de garantizar la celeridad, descongestionar la carga procesal y la economía procesal. Aunque es aplicable solo en delitos de menor gravedad o de menor sanción (pena), marca la ruptura de la impunidad judicial y consciente recobrar la confianza de la justicia. La determinación de la inconstitucionalidad en la aplicación del artículo 635 del Código Orgánico Integral Penal Ecuatoriano, procedimiento abreviado, dentro de esta investigación comprende un estudio de sentencias condenatorias dictadas por jueces de justicia de la Unidad Judicial Penal del Cantón Cuenca, con la finalidad de conocer la interpretación que dan al procedimiento abreviado y con este análisis determinar la vulneración de la norma constitucional.

Palabras clave

Inconstitucionalidad, Garantismo, Eficacia Del Ordenamiento Juridico, Eficientismo Penal, Principio De Legalidad, Interpretacion

Citación

13BT-D2018-AB-37
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