Aplicación de la acción de daños y perjuicios de manera autónoma, como un mecanismo de reparación en los contratos bilaterales

Fecha

2025

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Editor

Universidad Católica de Cuenca.

Resumen

Contract law originates from the enforcement of consumer rights. In developing these procedures, modern doctrine supports the view that the action for damages is autonomous—an interpretation that complicates the creditor's full compensation. This study aimed to analyze the criteria of the Chilean Supreme Court and its evolution. To this end, it is proposed to determine how the action for damages, when applied autonomously, could function more efficiently as a contractual reparation mechanism and how the procedure for claiming this action is established under Ecuadorian regulations. A systemic socio-legal methodology was applied, supported by the exegetical method. The law of damages, and consequently, the compensation system for damages, requires establishing criteria, instruments, or mechanisms for valuing and liquidating essential assets or guarantees. There are no grounds to deny the autonomy of compensation for damages concerning other legal protection mechanisms, whether interpreted as the original breach obligation or as a new one.

Descripción

El derecho contractual nace de hacer valer los derechos de los consumidores. Al fundamentar estos procedimientos, en los que la doctrina moderna ampara que la acción de indemnización es autónoma, interpretación que dificulta el resarcimiento integral del acreedor. El objetivo del estudio fue analizar los criterios de la suprema corte nacional de Chile y su evolución, para ello se plantea determinar como la acción de daños y perjuicios, aplicada de manera autónoma, funcionaria como un mecanismo de reparación en los contratos, de manera más eficiente; y establecer como se encuentra establecida en la normativa ecuatoriana el mecanismo para demandar esta acción. Se aplicó una metodología sistémica de carácter socio-jurídico con el apoyo del método exegético. El derecho de daños, y, en consecuencia, el sistema de compensación por perjuicios, implica la necesidad de establecer criterios, instrumentos o mecanismos para valorar y liquidar los bienes o garantías esenciales. No hay motivos para negar la autonomía de la compensación por daños y perjuicios con respecto a otros mecanismos legales de protección, ya sea que se la interprete como la obligación original incumplida o como una nueva obligación

Palabras clave

DAÑOS, PERJUICIOS, REPARACIÓN INTEGRAL, AUTONOMÍA, CONTRATOS BILATERALES

Citación

Ordoñez Ochoa, P. (2025). Aplicación de la acción de daños y perjuicios de manera autónoma, como un mecanismo de reparación en los contratos bilaterales. [Trabajo de titulación]. Universidad Católica de Cuenca.
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