Incorporación de medios telemáticos para el cumplimiento del régimen de visitas en el código de la niñez y adolescencia

Fecha

2023

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Editor

Universidad Católica de Cuenca.

Resumen

The visitation regime or visitation rights is the legal figure that allows communication and contact between the non-custodial parent and the child. The purpose of this regime is to safeguard the child's integral development. Still, due to different situations, this regime can be affected and, in this way, cause other adverse effects on the parent-child relationship. To prevent this from happening and to fundamentally protect the rights of children and adolescents to grow up within a family nucleus, the Ecuadorian legal system explicitly provides that there is no prohibition for the non-custodial mother or father to visit their children, with the freedom or frequency that the judge deems convenient for the minor so that this regime is subject to the judge’s decision. Against this background, the following question arises: "What happens in cases where the parents, for various reasons, cannot agree to a "physical visitation"? Although this is a fact not contemplated in the norm, this research analyzes the exercise of the visitation regime based on using telematic means as a protective element of the parent-filial relationship.

Descripción

El régimen o derecho de visitas es la figura jurídica que permite que exista una relación de comunicación y contacto entre el padre no custodio y su hijo. La finalidad de este régimen es precautelar el desarrollo integral del menor, pero por diversas situaciones este régimen puede verse afectado y, de esta manera, causar distintos efectos negativos a la relación parento filial. Para evitar que esto suceda, y proteger de manera fundamental los derechos de los niños, niñas y adolescentes a crecer dentro de un núcleo familiar, el ordenamiento jurídico ecuatoriano contempla de manera específica que: no existe prohibición a la madre o padre no custodios para visitar a sus hijos, con la libertad o frecuencia que el juez estimare conveniente para el menor, es así que este régimen queda supeditado a la decisión del Juzgador. Bajo este antecedente se presenta la siguiente interrogante: “¿qué sucede con aquellos casos en los que los padres por diversas razones no pueden acceder a una “visita física”? Si bien este es un hecho no contemplado en la norma, mediante esta investigación se analiza el ejercicio del régimen de visitas en base al uso de medios telemáticos como elemento protector de la relación parento filial.

Palabras clave

RÉGIMEN DE VISITAS, RELACIÓN PARENTO FILIAL, INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR, MEDIOS TELEMÁTICOS

Citación

Pérez García, D. y Figueroa Guaman, C. (2023). Incorporación de medios telemáticos para el cumplimiento del régimen de visitas en el código de la niñez y adolescencia. [Trabajo de titulación]. Universidad Católica de Cuenca.
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