Derecho de repetición de obligados subsidiarios en un proceso de alimentos ante la incapacidad laboral del alimentante principal.

Fecha

2025

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Editor

Universidad Católica de Cuenca.

Resumen

This research addresses the topic of subsidiary obligors in the right to child and adolescent maintenance. Specifically, it focuses on the right of recourse against the primary provider when they assume payment for the corresponding child support. This is established in the Code of the Childhood and Adolescence in Article 5 of Title V, Chapter 1, which states that they may subsequently exercise this right against the primary provider. Additionally, the violation of the patrimonial and economic rights of subsidiary obligors to exercise the payment of an obligation that does not initially correspond to them will be analyzed. When the primary provider is affected, they cannot exercise the right of recourse recognized by Ecuadorian law. This is not mentioned anywhere in the legal system except for the Childhood and Adolescence Code. Legal bodies such as the General Organic Code of Procedures (COGEP by its Spanish acronym) or the Civil Code acquire another significance related to administrative issues or payments of what is not due. In summary, the real, permanent, and significant affectation of the primary provider's ability to provide for themselves causes those paying on behalf of the affected provider to have their rights and patrimony violated.

Descripción

Dentro de la presente investigación se aborda el tema de los obligados subsidiarios en el derecho de alimentos que le corresponden a niñas, niños y adolescentes. Específicamente en lo que se refiere al derecho de repetición en contra del alimentante principal cuando ellos han asumido el pago de alimentos correspondiente. Esto se encuentra establecido dentro del Código de la Niñez y Adolescencia dentro de su artículo 5 de su Título V capítulo 1, el cual señala que los mismos podrán ejercer dicho derecho posteriormente frente al alimentante principal. Adicionalmente se analizará la vulneración a los derechos patrimoniales y económicos de los obligados subsidiarios a ejercer el pago de una obligación que en un principio no les corresponde y al existir una afectación del alimentante principal no podrá ejercer el derecho de repetición que le reconoce la normativa ecuatoriana. En ninguna parte del ordenamiento jurídico se menciona esto, a excepción del Código de la Niñez y Adolescencia. En cuerpos legales como el COGEP o el Código Civil el mismo adquiere otra significancia, relacionándose más al tema administrativo o del Pago de lo no debido. En sumatoria la afectación real, permanente y significativa de la capacidad de procurarse por parte del alimentante principal, hacen que quienes estén pagando a cuenta del alimentante afectado, vean vulnerados sus derechos y patrimonio.

Palabras clave

OBLIGADOS, SUBSIDIARIOS, DERECHO, REPETICIÓN

Citación

Calle Álvarez, M. (2025). Derecho de repetición de obligados subsidiarios en un proceso de alimentos ante la incapacidad laboral del alimentante principal. [Trabajo de titulación]. Universidad Católica de Cuenca.
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