Conflicto de competencia sobre el conocimiento en la impugnación judicial del acto administrativo de la negativa de solicitud de adopción

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Universidad Católica de Cuenca.

Resumen

Adoption represents par excellence, an institution of Family Law that, by judicial decision, turns a minor with no blood relationship into a child that, according to the law, becomes a biological child with equal rights and obligations. In terms of adoption from a legal perspective, it is necessary to understand Family Law in-depth since because it involves the rights of a minor in a position of loss of parental authority or orphanhood, the State through its corresponding entities must protect minors in this vulnerable condition. Although adoption is challenging, it is the best way to place a child in a family that provides the necessary stability. The State has instructed the MIES to be the entity in charge of regulating adoption in two phases. Thus, during the administrative phase, citizens interested in adopting apply through an application form so that the MIES can evaluate whether they are suitable to adopt. In this way, it becomes imperative. There is a shift from Family Law to Administrative Law, for when the MIES denies an adoption application it does so through administrative act. If the denied applicants disagree with such decision, it is their right to challenge it; however, a question emerges about which judge is responsible for settling this controversy.

Descripción

La adopción constituye por excelencia una institución del Derecho de Familia que, por resolución judicial convierte a un menor sin vínculo de consanguinidad en un hijo que bajo la óptica de la ley, constituye un hijo biológico con los mismos derechos y obligaciones. Si se habla de la adopción a nivel jurídico es preciso conocer a profundidad el Derecho de Familia ya que, la adopción por tema que involucra los derechos de un menor en una situación de perdida de patria potestad o de orfandad, es Estado a través de sus órganos competentes está en la obligación de proteger a los menores en ese estado de vulnerabilidad. Si bien, la adopción constituye una medida extrema, es la más ideal para integrar a un menor a un núcleo familia que le brinde la estabilidad que precisa, por lo que, Estado ha conminado al MIES a ser el ente que regule en dos fases la adopción. Es así que, dentro de la fase administrativa, los ciudadanos interesados en adoptar postulan mediante una solicitud para que el MIES los evalué si son idóneos para adoptar, es así que, cobra gran relevancia y se da un giro del Derecho de Familia al Derecho Administrativo, pues cuando el MIES niega una solicitud de adopción lo hace mediante acto administrativo y si lo solicitantes negados no se encuentra de acuerdo con tal decisión del órgano público es su derecho el impugnar, sin embargo, surge la pregunta de qué juez es el competente para dirimir esta controversia.

Palabras clave

Adopción, Derecho de Familia, Derecho Administrativo, negativa de solicitud de adopción, competencia

Citación

López Gualpa, J. y Martínez Ayora, G. (2022) Conflicto de competencia sobre el conocimiento en la impugnación judicial del acto administrativo de la negativa de solicitud de adopción[Trabajo de Investigacion de Grado. Universidad Católica de Cuenca].
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