Las sanciones en contravenciones de tránsito y su eficacia

Fecha

2025

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Universidad Católica de Cuenca

Resumen

Descripción

"El Código Orgánico Integral Pena, establece como sanciones para las contravenciones en tránsito penas rigurosas; tomando en consideración que las consideradas más graves no están dentro de las contravenciones de Primera hasta la Séptima clase, si no tienen un articulado diferente; pese a su calificación contravencional, que son acciones de peligro y no de resultado. Como lo demostramos en el presente trabajo, las penas tienen la finalidad preventiva y retributiva; preventiva por cuanto el temor a la sanción hace que el ciudadano evite el cometimiento del hecho, y retributiva, ya que el que comete el hecho tiene que retribuir el daño causado. En el COIP, vemos que las penas para las contravenciones de tránsito son al menos dos por cada una de las contravenciones, cuando no tres, considerando que lo que se está penando no es un resultado, sino la posibilidad de un resultado, es decir, una acción de peligro. Se demuestra que el número de penas impuestas no cumplen con la finalidad de la pena, pues cada acción debe tener una sola pena, que si se considera insuficiente esta debe ser incrementada o imponer una pena diferente que cumpla con su fin de prevención; además de que la pena debe ser impuesta por la conmoción social que genera, que en este análisis la conmoción es mínima."

Palabras clave

LA PENA EN TRÁNSITO; LA PENA; DERECHO A LA JUSTICIA; LIBRE CIRCULACIÓN; DEBIDO PROCESO.

Citación

Castillo Espinoza, M., & Pozo Cabrera, P. (2024). Las sanciones en contravenciones de tránsito y su eficacia. Polo del Conocimiento, 9(10), 2792-2810. doi:https://doi.org/10.23857/pc.v9i10.8308
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