Recalde Suárez , RaúlMerchán Castillo , Samantha2024-10-092024-10-092024Merchán-Castillo, S., & Recalde-Suárez, R. (2024). Errónea determinación en el articulado del Código Orgánico Integral Penal del delito de instigación al suicidio y su vulneración al principio de proporcionalidad. MQRInvestigar, 8(3), 3715–3734. https://doi.org/10.56048/MQR20225.8.3.2024.3715-373419BT-2024-TPPL37https://dspace.ucacue.edu.ec/handle/ucacue/18408Luego de la reforma del 24 de diciembre del 2019, se ingresó otro tipo penal dentro del Art. 154 del COIP, incorporando el Art. 154.1 llamándolo instigación al suicidio, dentro de los delitos que atentan a la integridad personal. Aplicando un método comparativo entre dos procesos penales, en ambos casos cuentan con tribunales a los que llamaremos Tribunal A y Tribunal B; el primero conoce el caso y el resultado dañoso con la muerte de una persona (victima), mientras que, en el segundo caso, Fiscalía acusa por el mismo delito, y la victima sufre únicamente lesiones. Como se encuentra redactada la norma actualmente, tanto el Tribunal A como el B, están obligados a aplicar la misma pena para ambos casos; definitivamente esto atenta al principio de seguridad jurídica y de proporcionalidad de rango constitucional. El estudio de este artículo se basa principalmente en que esta norma debe ser ubicada correctamente acorde al bien jurídico protegido dentro del COIP, calificándola en un caso como instigación a la integridad personal, para que sea ubicada en la sección 2A de los Delitos contra la integridad personal; y en el segundo caso llamándolo instigación al suicidio, dentro de los delitos contra la vida.application/pdf20 páginasspainfo:eu-repo/semantics/openAccessINSTIGACIÓN; INDUCIR; SUICIDIO; PROPORCIONALIDAD; RETO; INFLUENCIAErrónea determinación en el articulo del Código Orgánico Integral Penal del delito de instigación al suicidio y su vulneración al principio de proporcionalidadinfo:eu-repo/semantics/articlehttps://doi.org/10.56048/MQR20225.8.3.2024.3715-3734MQRInvestigar