Santacruz Vélez, MaríaRoca Pilozo , Jose Antonio2023-12-082023-12-082023Roca Pilozo, J. A., & Molleturo Jiménez, J. A. (2023). The Occupational Physician’s liability for failure to report occupational diseases. Religación, 8(38), e2301101. https://doi.org/10.46652/rgn.v8i38.110119BT-2023-TDC25https://dspace.ucacue.edu.ec/handle/ucacue/16560La importancia de este artículo radica en determinar la falta para la notificación de una enfermedad profesio-nal relacionada al trabajo, ¿por qué se omite y de quien es la responsabilidad?, será para el profesional de Salud Ocupacional si realizó el diagnóstico correcto o de las empresas donde labora un trabajador. Las Enfermedades Profesionales u Ocupacionales resultan de vital importancia por las repercusiones para el trabajador, gene-rando cambios en el desempeño laboral, el estado de salud, los gastos económicos y la afectación al entorno familiar que dependen de él. Los controles sanitarios de los trabajadores en las empresas públicas y privadas se desarrollan mediante un plan de vigilancia de salud periódica que incluye métodos para evaluar, detectar y controlar cambios que pueden presentarse durante las actividades laborales. La afectación crónica de la salud relacionada con el trabajo, a pesar del cumplimiento de la vigilancia médica, de capacitación en prevención de riesgos y prevención de enfermedades y el sitio de trabajo adecuado, se puede considerar presunción de enfermedad profesional, si este cumple los criterios de evaluación. El caso sospechoso se comunica a las auto-ridades de las empresas para proceder a notificar al ente de control en el país que corresponda, En Ecuador, al departamento de Riesgos de Trabajo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS.application/pdf14 páginasspainfo:eu-repo/semantics/openAccessEMPRESA PRIVADA; EMPRESA PÚBLICA; ENFERMEDAD PROFESIONAL; NOTIFICACIÓN DE ENFERMEDAD; SENTENCIA JUDICIAL.La responsabilidad del médico ocupacional por omisión en la notificación de enfermedades profesionalesinfo:eu-repo/semantics/articlehttps://doi.org/10.46652/rgn.v8i38.1101Religación