Pozo-Cabrera, Enrique2020-08-132020-08-132015-079789942972040https://dspace.ucacue.edu.ec/handle/ucacue/7934El vocablo ‘’DERECHO” se lo considera en el sentido de conjunto de normas que integran una rama particular del ordenamiento jurídico general; que supone un saber sistemático, coherente, unitario, de las normas jurídicas de un Estado; de esta manera se alude a un conocimiento razonado; que desentraña el sentido de la ley. \nEn cuanto a la expresión “PROCESAL” dice de la relación con el objeto de estudio; el proceso y el procedimiento es decir, no tiene solo un lado teleología o finalista; pues se halla referido a un objetivo determinado; pero, desde la perspectiva del Derecho Procesal Constitucional, lo procesal se extiende hacia el fin ontológico, el ser, la justicia; además, se encamina por el deber ser del derecho procesal; es decir, su mundo deontológico que es la tutela judicial efectiva.application/pdfspaAtribución 4.0 Internacionalinfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.esDerechoProcesalConstitucionalLeyDerecho Procesal Constitucionalinfo:eu-repo/semantics/book